El Gobierno relanzó el software de Crédito a Tasa Cero que estuvo vigente en 2020, en este caso, solo para monotributistas con características similares y exactamente el mismo monto máximo (pese a la inflación de los últimos meses) de $ 150.000.
El plazo para devolver son 18 meses (6 de felicidad y 12 cuotas) y quienes accedan a este beneficio no van a poder obtener los 200 dólares americanos en el mercado oficial ni acceder al dólar MEP (en la Bolsa).
Después de publicados el decreto y las reglas reglamentarias del Ministerio de Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el trámite ahora fue habilitado.
¿De qué se trata?
Es un crédito subsidiado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, que tiene un periodo de felicidad y un plazo total de 18 meses, sin interés.
¿Quiénes pueden entrar?
Va a estar habilitado para todos los pequeños impositores adheridos al Régimen Hecho más simple del Monotributo, más allá de la categoría, mientras que cumplan los requisitos y no estén dentro de las causales de exclusión.
Deben ser monotributistas “puros”, o sea, no tener, además de esto, ingresos en relación de dependencia ni por jubilación.
¿Son los mismos adjudicatarios de los créditos de 2020?
No exactamente. En la edición del año pasado, asimismo se incluía a los autónomos, pero en esta ocasión no está pensado.
En el caso de los monotributistas, las limitaciones son similares pero la autoridad de app podrá determinar restricciones. Como esto aún no fue precisado, habrá que esperar mucho más detalles en los próximos días.
¿Cuánto es el monto del crédito?
El máximo del préstamo es de $ 150.000 pero es dependiente de la categoría del monotributista.
- Categoría A. Hasta $ 90.000.
- Categoría B. Hasta $ 120.000.
- Resto de categorías. Hasta $ 150.000.
¿Cuál es la fecha para estimar la categoría?
Va a ser el peldaño que tenga el monotributista antes de la recategorización. O sea, la categoría que tenían vigente al 30 de junio de 2021.
¿Cómo tengo que realizar para solicitarlo?
La AFIP habilitará en su página, entrando con clave fiscal, la herramienta “Crédito Tasa Cero”. Allí va a poder ver si puede entrar y cuál es el monto que le corresponde.
Se debe escoger el banco donde tengan una tarjeta de crédito. Si no tienen tarjeta de crédito, deben indicar la entidad financiera donde operan frecuentemente a fin de que se emita una.
¿Cuándo puedo solicitar el Crédito?
Todavía no se definió. La AFIP dijo que habilitará la herramienta a fin de agosto.
Plazos (NUEVO). El crédito se puede tramitar hasta el 31 de diciembre de 2021 en la página de AFIP y pedirlo en los bancos hasta el 20 de enero de 2022.
#8- ¿Cómo se liquida el préstamo?
El banco acreditará el dinero de una sola vez en la tarjeta de crédito y el beneficiario va a poder utilizarlo desde allí.
¿De qué forma se devuelve el crédito?
El monotributista tendrá 6 meses de felicidad y, después de ese plazo, comenzará a devolver el dinero en 12 cuotas iguales y consecutivas. La cuota va a estar incluida en el resumen de la tarjeta de crédito y se abonará junto con el resto de los consumos de ese mes.
Si obtuve un Crédito a Tasa Cero en 2020 ¿puedo pedir otro?
Sí, se puede.
En el caso de que tengan incumplimientos por mora en el pago de cuotas, este nuevo crédito debe destinarse a anular, en primer lugar, el monto adeudado y, si queda saldo lo van a poder utilizar.
Hay una salvedad: si en la primera edición el banco inició la ejecución de la garantía del fondo estatal Fogar (por carecer de pago), el monotributista no va a poder acceder a este Crédito 2021.
¿Puedo acceder si conseguí el Repro II para trabajadores independientes de 2021?
En el decreto 512/2021 no se establece ninguna restricción. Sin embargo, aún no fueron publicadas las ordenes del Ministerio de Avance Productivo, que está habilitado para fijar las condiciones de ingreso a este programa.
En la edición 2020, se dejó que exactamente el mismo beneficiario recibiera el Crédito a Tasa Cero y cobrara el Ingreso Familiar de Urgencia (IFE).
¿Qué requisitos debo cumplir para acceder?
Los monotributistas tienen que cumplir todas las próximas condiciones:
- Estar inscriptos en el Monotributo al 31 de mayo de 2021 y proseguir adheridos al instante de solicitar el Crédito (NUEVO).
- No ser prestadores de servicios del campo público nacional, provincial o municipal. Están incluidos quienes facturen, al menos el 70% al Estado de cualquier nivel
- No percibir ingresos en relación de dependencia, por jubilación o autónomos.
- No estar en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.
- Requisito de facturación.
¿Tengo demandas en lo que se refiere a facturación?
El año pasado se pedía que no hubiera variación positiva en el último año por el hecho de que estaba pensado para los afectados por las restricciones de actividad.
¡NUEVO! El Ministerio de Trabajo definió en la Resolución 503/2021 que:
- En las situaciones de vender con factura electrónica: el monto de facturación promedio del primer semestre de 2021 no debe sobrepasar en 1,2 veces el limite inferior de su categoría (promedio por mes). En la categoría A, el límite es $ 20.000.
- Quienes no tengan ventas con factura electrónica: el promedio de sus compras (con factura electrónica) del primer semestre de 2021 ha de ser inferior al 80% de 1,2 veces el límite inferior de la categoría (en la A se tomarán $ 20.800).
¿Qué limitaciones crea conseguir el Crédito a Tasa Cero?
Los monotributistas beneficiados no van a poder, hasta que no cancelen todo el crédito (a los 18 meses o antes, si así lo deciden):
- Obtener dólares americanos en el mercado único y libre de cambios (los U$S 200 habilitados por persona).
- Obtener dólar MEP o contado con liquidación en la Bolsa, a través de la venta de títulos públicos con liquidación en dólares americanos.